La investigación criminal es el “talón de Aquiles” de la seguridad en Honduras. Recientes estudios realizados por la Alianza por la Paz y la Justicia (APJ), establecen que solamente 4 de cada 100 homicidios llegan a juicio oral y público y reciben sentencia condenatoria. En gran medida, estas reprochables estadísticas tienen relación con la limitada capacidad del Estado para investigar las muertes violentas; esa misma investigación indica que solamente el 9% de los homicidios cuenta con expediente completo de investigación criminal, lo que deja a 9 de cada 10 casos sin la posibilidad de ejecutar una acción penal desde el Ministerio Público (MP), y mucho menos someter los mismos a enjuiciamiento.
A lo largo de la historia reciente, debilidades institucionales han impedido al Estado hacerle frente –con éxito- al reto de investigar crímenes y delitos; actos al margen de la Ley son ejecutados con plena tranquilidad por parte de las bandas del crimen organizado y la delincuencia común, ante la inaceptable inoperancia, repugnante indiferencia y condenable corrupción de las entidades operadoras de justicia, que por décadas han permitido instaurar en el país un régimen de impunidad.
Dispersos esfuerzos por prevenir la violencia, lenta respuesta por parte de la Policía Nacional, inexistencia de unidades técnico-científicas de investigación criminal, falta de especialización de las fiscalías del MP, politización del Poder Judicial e ingobernabilidad en los centros penitenciarios, mostraron el peor rostro del sistema de seguridad y justicia en el país; el resultado de la falta de una acción integral que focalice en las causas estructurales de los problemas de transgresión a la Ley y fechorías por doquier, fue más impunidad y la consecuente violación de los derechos humanos de los hondureños.
En medio de todo este cuadro desesperanzador, alguna luz al final del túnel aparece con acciones encaminadas a reformar el sistema de investigación criminal en el país; la creación de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), y la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), es una extraordinaria oportunidad para mejorar un ámbito estratégico de la seguridad y justicia hondureña, y de esta manera revertir los elevados niveles de impunidad que imperan en la nación.
Las recién creadas unidades de investigación criminal, vienen a llenar un enorme vacío, vienen a convertirse en ese andamiaje de investigación criminal que, teniendo cobertura nacional y un elevado nivel técnico, puede generar los insumos que los demás operadores de justicia necesitan para sancionar a criminales, delincuentes y corruptos.
Sin embargo, deben tomarse varias medidas adicionales al inicio de las operaciones de estas dependencia estatales, tal es el caso de garantizar la sostenibilidad financiera de las operaciones, la incorruptibilidad de oficiales y agentes, la coordinación y articulación de los esfuerzos, y evitar los excesos e ilegalidades de quienes tendrán la facultad de investigar.
Para el mediano y largo plazo, debe garantizarse la sostenibilidad financiera de la operación de estas nuevas entidades de investigación criminal, por la vía de asignaciones ordinarias del Presupuesto General de la República; en la actualidad, el equipamiento y accionar de la DNII, la ATIC y la DPI, dependen fundamentalmente de los recursos de la Tasa de Seguridad y los empréstitos o donaciones de la comunidad internacional. No se puede depender de una contribución temporal de los ciudadanos, ni de préstamos y mucho menos de la caridad internacional para mantener en funcionamiento el andamiaje de investigación criminal del país.
Un sistema con las dimensiones proyectadas, además de ser costoso al inicio, también requerirá de una inversión importante y sostenida, pues el mantenimiento de laboratorios criminalísticos, sus insumos consumibles, la actualización tecnológica y los fondos necesarios para las operaciones, rebasa por mucho los presupuestos ordinarios actuales de estas instituciones; por lo que el Gobierno de la República y el Congreso Nacional deberán proveer de manera responsable y sin sesgos de ninguna índole de la asignación presupuestaria adecuada a los servicios proyectados.
Bajo ninguna circunstancia debe permitirse que los nuevos agentes de investigación criminal repliquen los vicios del pasado, por lo que se deben implementar rigurosos procesos de seguimiento y evaluación al desempeño de los integrantes de las recién creadas unidas; la periódica aplicación de pruebas de confianza y la revisión del anormal crecimiento del patrimonio de oficiales y agentes de escala básica, será clave para disminuir el riesgo que se inserte la corrupción. Se requieren fuertes departamentos de asuntos internos que les sigan la pista a los agentes que tengan mal comportamiento en las entidades estatales con mandato de hacer investigación criminal.
La coordinación y articulación de los esfuerzos de investigación es un desafío importante, especialmente en lo que se refiere a la distribución del trabajo por tipo de delitos y espacio territorial en el que se ejecutan; además, es fundamental volver homogéneo un protocolo único de investigación criminal que garantice una mayor efectividad en la acción de campo y gabinete. Las acciones complementarias de las diferentes agencias de investigación criminal, ya sea combatiendo operaciones en contra de las instituciones del Estado (por ejemplo: defraudación fiscal y contrabando, entre otros), los delitos complejos que realiza el crimen organizado (por ejemplo: narcotráfico y trata de personas, entre otros), y la acción consuetudinaria de la delincuencia común (por ejemplo: homicidas, entre otros), son indispensables para el buen funcionamiento del sistema.
Del mismo modo, debe garantizarse que los demás operadores de justicia también ejecutarán un trabajo coordinado, complementario y eficiente; de nada va a servir tener efectivas unidades de investigación criminal si el desempeño de las fiscalías del MP, es ineficaz y si los diferentes organismos del Poder Judicial siguen politizados, lentos y no responden a la demanda existente.
Finalmente, debe certificarse que ni la DNII, la ATIC o la DPI, utilizarán procedimientos ilegales para obtener información relacionada a sus líneas de investigación; debe respetarse el derecho a la intimidad y a los datos personales, evitando hacer uso de escuchas telefónicas y levantamiento de perfiles, con propósitos y mecanismos distintos a los permitidos por la Ley. Ya en Honduras, en la década de los ochenta, y otros países del mundo, recientemente, se ha demostrado que hay una línea muy fina entre hacer una rigurosa investigación criminal y violar la Ley y los derechos de las personas.
La renovada institucionalidad requiere victorias tempranas en casos emblemáticos y aquellas áreas de trabajo que benefician a los ciudadanos, para que se propicie generalizada confianza popular y el apoyo de las más encumbradas autoridades estatales; la ciudadanía no admite cambios cosméticos, de nombre nada más, pues en esta coyuntura se necesitan cambios estructurales y sostenibles en el tiempo.