El golpe de Estado de junio de 2009 se produjo en Honduras por la conspiración de Estados Unidos con un grupo empresarial que se sintió amenazado por la vinculación del mandatario venezolano Hugo Chávez con el ex presidente depuesto Manuel Zelaya, según el informe hecho público el 3 de octubre por la denominada Comisión de Verdad (CdV).
No identificó sin embargo a esos grupos privados. Solo señaló que sus líderes son comerciantes, industriales y el servicio financiero.
“Así, después de tres décadas de incipiente democracia y una conducta política autoritaria que se pensaba superada, el golpe de Estado dejó al descubierto los desmesurados intereses empresariales”, relató el documento.
La Comisión dijo que “los efectos del golpe de Estado aún continúan y que tanto antes como después de las elecciones realizadas en octubre de 2009, ambos gobiernos (el de facto de Roberto Micheletti y del actual presidente Porfirio Lobo) utilizaron y utilizan el terror como un recurso de control social”.
Instó entre otras cosas al Congreso a reformar la Constitución de 1982 yanular la ley de amnistía del 27 de enero de 2010 por desconocer la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos Internacionales, y prohibir la facultad legislativa de interpretar la Constitución.
La CdV pidió al gobierno crear la Corte de Constitucionalidad separado de la Corte Suprema de Justicia, garantizar la independencia de los jueces y fortalecer la carrera judicial para profesionalizar a los operadores del sistema de justicia, evaluar la fiscalía especial de Derechos Humanos.
También exigió al Ministerio Público que investigue la existencia de grupos armados con relativo poder en el país y determinar el grado de involucramiento de los militares y la policía en hechos delictivos o de graves violaciones a los derechos y libertades fundamentales.
Criticó al Comisionado Nacional de Derechos Humanos, Ramón Custodio, de asumir una posición protagónica en el golpe de Estado.
CONCLUSIONES DE LA CDV:
1. Confirma que en Honduras se produjo un golpe de estado cívico-militar, cuya fase inicial el 28 de junio de 2009 culmina con el secuestro y posterior exilio de Zelaya Rosales. El golpe de Estado en si mismo constituye una grave violación del orden institucional establecido, de la soberanía del pueblo hondureño y de sus derechos humanos a la autodeterminación y a la democracia.
2. A partir del quiebre institucional se constata la aplicación de una práctica sistemática de acciones y omisiones delictivas que representan además la transgresión de derechos humanos y libertades fundamentales. Se verifica incluso la perpetración de crímenes de lesa humanidad.
3. La base de datos organizada por la CdV muestra la escala de hechos y de lugares donde fueron cometidas dichas violaciones, y el análisis detallado de los registros lleva a la constatación de la reproducción sistemática de patrones de violaciones a los derechos humanos identificando éstos como la aplicación directa e indirecta de medidas represivas, la disfuncionalidad institucional y la complicidad del sistema de administración de justicia.
4. La Comisión constata la relación existente entre esta política de violación de los derechos civiles y políticos y el fortalecimiento y consolidación de aquellos factores de los poderes económico, político y militar -nacional y extranjero-, que una vez más recurrieron al diseño y posterior consumación de un golpe de Estado para continuar profundizando su control sobre la población y el aprovechamiento de esa situación en beneficio de sus propios intereses.
5. Asimismo se constata la indivisibilidad de todos los derechos humanos: las violaciones de los derechos humanos investigadas por la Comisión va de la mano con la violación también sistemática y grave de los derechos humanos económicos, sociales y culturales, como también derechos ambientales, los derechos territoriales de las poblaciones originarias y garífunas, el derecho de la población a informar y a ser informado, y el derecho mismo a la democracia entre otros.
6. Lejos de atenuarse con el tiempo, se constata la continuidad e incluso agravamiento de estas políticas violatorias de los derechos humanos hasta el presente.
7. La Comisión ha concluido que los efectos del golpe de Estado aún continúan, y que tanto antes como después de las elecciones realizadas en octubre de 2009, ambos gobiernos utilizaron y utilizan el terror como un recurso de control social.
8. La Comisión ha determinado que las actuaciones irregulares atribuidas a la policía y al personal castrense, no solo durante el régimen de facto de Roberto Micheletti Baín, sino también en la actual administración de Porfirio Lobo, fueron y siguen siendo parte de una política de Estado.
9. Igualmente se ha concluido que a partir del golpe de Estado, con la aquiescencia del gobierno se han desarrollado las operaciones de grupos que al margen del ordenamiento legal funcionan con procedimientos y metodologías de los escuadrones de la muerte. Estas organizaciones aparecen actualmente ligadas al crimen organizado y a la narcoactividad y a acciones que suelen difundirse como de “aseo o limpieza social”. La Comisión ha podido constatar que son responsables de las ejecuciones sumarias de actores clave de la resistencia al golpe de Estado y de organizaciones populares defensoras de los derechos humanos. Al mismo tiempo intentan amedrentar o inculcar miedo entre aquellas personas que siguen activas en ese sentido y la población en general. El trabajo desarrollado por la Comisión permite concluir que la existencia y actuación de este tipo de estructuras ilegales es parte indivisible de las políticas de Estado aplicadas.
10. No obstante la gravedad, masividad y sistematicidad de las violaciones constatadas, la Comisión se ve en la necesidad de destacar la casi total ausencia de acciones de parte del Estado tendientes a cumplir con la obligación de reconocer sus responsabilidades en relación con las violaciones, y de enjuiciar y sancionar a los responsables de las mismas. Desde el golpe de Estado, pese a que queda demostrada la multitud de violaciones de derechos humanos, libertades básicas y abusos de poder por parte de agentes estatales y, en particular, de miembros de la fuerza policial y de las fuerzas armadas, ha habido escasos procesos judiciales incoados en su contra y ninguna condena alcanzada. Sumado a lo señalado, se constata que los mecanismos propios de la denominada justicia constitucional y, puntualmente, el proceso de amparo y la exhibición personal (hábeas corpus), han resultado ineficaces en el caso de Honduras. Incluso los procesos judiciales incoados en contra de altos oficiales de las fuerzas armadas, como Romeo Vásquez Velásquez y el resto de la Junta de Comandantes además de alejarse de los estándares internacionalmente reconocidos en materia de procesos o juicio justo, han servido para exonerarles de toda responsabilidad penal y limpiar su hoja de servicios.
11. Sobre la base de estas acciones y omisiones, la Comisión concluye que existe una política igualmente grave y sistemática de negación de los derechos humanos de las víctimas y de la sociedad entera a la justicia. La amnistía decretada el 27 de enero de 2010 y cuyos efectos rigen hasta el presente, es una manifestación de esta política de impunidad: la obstaculización y omisión sistemática de los procesos de investigación, persecución penal, juzgamiento y sanción de los victimarios y de reparación de las víctimas. Su anulación es un requisito imperativo de cualquier camino hacia la justicia.
12. La Comisión concluye que la impunidad que continúa beneficiando a los responsables de violaciones flagrantes de los derechos humanos de períodos anteriores, incluyendo sobre todo, pero no exclusivamente los años 80, ha sido un factor importante para generar la repetición de ese tipo de hechos y nuevas formas de violaciones.
13. La Comisión concluye que con el fin de detener la actual espiral de violencia y de violaciones a los derechos humanos, y de abrir el camino hacia la democracia, es necesario garantizar la aplicación de la justicia. Honduras precisa, igual que las víctimas directas, el reconocimiento de la verdad, el juicio y castigo de los responsables de estas graves violaciones y la reparación de las víctimas para poder avanzar hacia la plena vigencia de todos los derechos humanos.
14. Asimismo, la Comisión de Verdad constata la imperiosa necesidad de lograr transformaciones estructurales, a través de las cuales el pueblo logra asumir el control de su propio destino, encarando y revirtiendo, entre otros, la concentración del poder y la riqueza que continúa hasta el presente consolidándose bajo el imperio de estas políticas de violación e impunidad. En este sentido, la Comisión ve con enorme preocupación el paquete de leyes y acuerdos que se ha adoptado a partir del golpe de 2009, y que tiene entre otras consecuencias: el aumento alarmante de la presencia de las fuerzas económicas, militares y de seguridad de los Estados Unidos de América en Honduras y de su intervención y tutela sobre las políticas e instituciones del Estado; la adopción de leyes y reformas constitucionales que agravan la indefensión de la población ante las políticas del Estado y los órganos de seguridad; una mayor concentración de la tierra y explotación de la fuerza de trabajo; la concesión de terrenos y recursos naturales a intereses nacionales y extranjeros ajenos a la Constitución, los derechos y el bienestar de la población; y la aprobación de tratados y acuerdos de cooperación sin la debida participación ciudadana y contrarios a sus derechos.
15. Sobre la base de las denuncias e investigaciones analizadas, la Comisión concluye que el peligro que amenaza al pueblo de Honduras no puede ser desasociado de las estrategias desplegadas desde el poder hegemónico que ejerce los Estados Unidos de América y de la actuación de otros poderes fácticos en toda la región, a fin de mantener su histórico control sobre los destinos y los bienes de los pueblos y la naturaleza.
16. Hemos constatado así mismo que el rechazo inmediato al golpe de Estado, no solo de gran parte de la población hondureña sino también de gobiernos, organizaciones, organismos multilaterales y personas de la región y el resto del mundo, obró para salvar vidas y atenuar la represión generalizada.
De la misma manera, la Comisión concluye que la reincorporación de Honduras a la OEA y el progresivo distanciamiento de la situación hondureña de las agendas de esos mismos actores ha profundizado la indefensión y favorecido el incremento continuo de los atentados contra los derechos humanos.
Dado lo arriba expresado, no es fácil tener una perspectiva optimista a corto plazo. Sin embargo, la Comisión ha constatado que existe en el país una reserva de enorme fortaleza y esperanza, integrada entre otros por las miles de personas que superando el silencio y el olvido, la negación, el miedo, el abuso y la revictimización que también han sido objetos de parte del Estado, como también de gran parte de los medios de comunicación masivos y otros poderes fácticos nacionales y extranjeros, han tenido el coraje de denunciar los graves delitos y violaciones a los derechos y las libertades fundamentales de que han sido víctimas. Son ellos, hombres y mujeres, jóvenes y adultos, los verdaderos sujetos de este Informe y de la esperanza de lograr justicia.
Son personas comunes del pueblo, activistas sociales y políticos o no, líderes consagrados y otros que recién emergen, personas de larga trayectoria en la defensa de los derechos de las personas, de los pueblos y de la naturaleza y otras cuyo mayor empeño ha sido siempre la sobrevivencia y el bienestar de su familia. El país entero sangra por sus heridas. Junto a las miles de personas que aún no han podido denunciar los atropellos que han sufrido en este período, y las nuevas víctimas que la Comisión ha constatado que continúan produciéndose día tras día, precisan ser escuchados y respaldados y su clamor de justicia plenamente satisfecho.
De la misma manera, la Comisión concluye que la reincorporación de Honduras a la OEA y el progresivo distanciamiento de la situación hondureña de las agendas de esos mismos actores ha profundizado la indefensión y favorecido el incremento continuo de los atentados contra los derechos humanos.
Dado lo arriba expresado, no es fácil tener una perspectiva optimista a corto plazo. Sin embargo, la Comisión ha constatado que existe en el país una reserva de enorme fortaleza y esperanza, integrada entre otros por las miles de personas que superando el silencio y el olvido, la negación, el miedo, el abuso y la revictimización que también han sido objetos de parte del Estado, como también de gran parte de los medios de comunicación masivos y otros poderes fácticos nacionales y extranjeros, han tenido el coraje de denunciar los graves delitos y violaciones a los derechos y las libertades fundamentales de que han sido víctimas. Son ellos, hombres y mujeres, jóvenes y adultos, los verdaderos sujetos de este Informe y de la esperanza de lograr justicia.
Son personas comunes del pueblo, activistas sociales y políticos o no, líderes consagrados y otros que recién emergen, personas de larga trayectoria en la defensa de los derechos de las personas, de los pueblos y de la naturaleza y otras cuyo mayor empeño ha sido siempre la sobrevivencia y el bienestar de su familia. El país entero sangra por sus heridas. Junto a las miles de personas que aún no han podido denunciar los atropellos que han sufrido en este período, y las nuevas víctimas que la Comisión ha constatado que continúan produciéndose día tras día, precisan ser escuchados y respaldados y su clamor de justicia plenamente satisfecho.
PETICIONES DE LA CDV:.
Frente a los graves hechos descritos en el presente informe la Comisión plantea las siguientes recomendaciones encaminadas a:
1. Detener las violaciones a los derechos humanos
2. Dignificar a las víctimas y fortalecer la lucha de ellas y de la sociedad en su conjunto por obtener justicia y la no repetición. De estos crímenes que ofenden a la humanidad.
3. Superar las causas coyunturales e históricas de la impunidad
4. Posibilitar el inicio de procesos que, sobre la base de la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas, puedan contribuir a la democratización del poder estatal, de la sociedad, sus instituciones y de las políticas por ellas aplicadas.
RECOMENDACIONES DE LA CDV:
1. Investigar y sancionar a los responsables intelectuales y materiales del golpe de Estado y las violaciones a los derechos humanos que se desprenden del mismo. El Estado debe reconocer públicamente su responsabilidad y proceder al juicio y castigo de los violadores de estos derechos.
2. Reparar a las víctimas. El Estado debe crear un Programa que por ley incluya una serie de acciones y medidas que aseguren la dignificación de las personas y sus familiares victimizadas a partir del golpe de 2009, y su reparación integral.
Este programa general de reparación debe de incluir, por lo menos, los seis puntos que se enuncian a continuación:
- • Acciones sobre esclarecimiento histórico: El Estado debe investigar seriamente los hechos que constituyeron abusos de poder y graves violaciones a los derechos humanos y libertades esenciales en ocasión de la ruptura del orden establecido. Dictar una ley de memoria histórica.• Fondo compensatorio de víctimas: Establecer un fondo estatal de carácter compensatorio a las víctimas del golpe de Estado. Dicho fondo público deberá ser administrado por un cuerpo directivo en cuya estructura estén debidamente representadas las víctimas y sus familiares.
• Reconocimiento público de la verdad. Que el Estado asuma públicamente que sus agentes cometieron abusos de poder y graves violaciones a los derechos humanos y libertades fundamentales. Investigar y sancionar a los responsables de estas violaciones. Por tanto, debe promulgar días conmemorativos, la construcción de memoriales, plazas públicas, monumentos y otros, que reconozcan y exalten la dignidad de las víctimas de violaciones a sus derechos y libertades básicas.
• Anulación de la ley de amnistía del 27 de enero de 2010. El Decreto Legislativo No. 2-2010 se encaminó, en función de preservar la impunidad de los civiles y militares involucrados en graves violaciones a los derechos fundamentales. Se emitió desconociendo obligaciones jurídicas derivadas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y de otros instrumentos Internacionales.
• Pese al alegado propósito de ser un instrumento que propendiese a la pacificación del país, es una herramienta que ha impedido la investigación (seria, imparcial y exhaustiva) de graves violaciones a los derechos humanos y, sobretodo, ha dejado en indefensión a las víctimas y a sus familiares y con ello las ha revictimizado.
• Retorno de las y los perseguidos políticos y exiliados por motivo del golpe de Estado. El Estado debe diseñar un programa que contemple facilidades para el retorno de aquellos que por motivaciones de persecución política fueron forzados a abandonar el territorio nacional.
• Revisión de los contenidos de los programas de enseñanza –a todo nivel- que hagan referencia a los acontecimientos asociados al golpe de Estado. El Estado debe hacer una revisión que busque describir una versión objetiva e imparcial de los hechos. Los programas oficiales de enseñanza deberán de profundizar los abordajes de temas tales como: democracia, derechos humanos, equidad de género, diversidad.
3. Reconfigurar el orden jurídico. El Estado hondureño debe impulsar el proceso de reconfiguración del ordenamiento jurídico interno, a partir de una reforma integral al texto de la Constitución de la República dictada en el año de 1982 y las leyes secundarias. Leyes como la antiterrorista deben ser anuladas.Para ello, se deberá efectuar un verdadero ejercicio participativo y de consulta hacia los diferentes sectores sociales y políticos de la nación, el cual a vez puede constituirse en un verdadero modelo para un proceso más amplio de recreación del Estado.
4. Reformar la Ley Primaria para establecer la prohibición de facultades interpretativas de la Constitución al Congreso Nacional. El Estado debe modificar el texto constitucional en el sentido de precisar inequívocamente que el Congreso carece de facultades interpretativas de la Ley Fundamental.
5. Crear la Corte de Constitucionalidad. Crear mecanismos jurisdiccionales independientes e imparciales dedicados únicamente a la temática de la justicia constitucional.Examinar la posibilidad de constituir un tribunal de constitucionalidad separado de la Corte Suprema de Justicia.
6. Garantizar la independencia de las y los jueces. Impulsar un proceso de fortalecimiento de la carrera judicial con el cual se busque la profesionalización de los operadores del sistema de justicia y el desempeño de sus atribuciones de modo independiente.
7. En cuanto al rol del Ministerio Público en la persecución del delito. Debe procederse a:
• Evaluarse la Fiscalía Especial de Derechos Humanos. Evaluar el rol de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos en la efectividad de sus mandatos, con participación de las diferentes organizaciones de Derechos Humanos y participación de la Sociedad Civil.
• Investigar por parte de la Fiscalía, la existencia de grupos armados con relativo poder. Esclarecer la forma organizativa, operativa, las conexiones y demás aspectos referentes a los mismos.
• Fortalecer las capacidades institucionales para que se determine la participación de funcionarios de la administración pública en la generación de la impunidad. El Estado debe robustecer las aptitudes de investigación y dotarle de los recursos técnicos y financieros apropiados, para que la Fiscalía pueda orientarse a determinar de manera eficaz y eficiente la autoría material
e intelectual de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos, libertades básicas y abusos de poder, cometidas desde el golpe de Estado.
Llevar adelante un proceso investigativo -con irrestricto apego a las garantías del debido proceso por medio del cual se determine el grado de involucramiento de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la corporación policial, en hechos delictivos o de graves violaciones a derechos y libertades fundamentales.
8. Participación de las organizaciones sociales en la selección de las y los titulares de las instituciones estatales. El Estado debe implementar un sistema participativo y de consulta que identifique a servidores públicos moral y técnicamente formados. Diseñar y ejecutar políticas públicas encaminadas a que los funcionarios estatales ejerzan una autoridad de la que rindan cuenta, en estricto apego a los derechos y libertades fundamentales.Tomar en cuenta a las organizaciones sociales para la selección del Ombudsman, su perfil deberá contemplar entre otros requisitos, el ser una persona proba, versada en la materia de los derechos básicos, con formación y trayectoria en la temática y otros afines. Por ello, y en razón de que el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, asumió un rol protagónico en el golpe de Estado y no adecuó su comportamiento institucional a los Principios Relativos al Estatuto y Funcionamiento de las Instituciones Nacionales de Protección y Promoción de los Derechos Humanos (Principios de París, 1991) que rigen a este tipo de mecanismos institucionales, debe ser separado de sus funciones.
9. Separar de sus cargos a los funcionarios civiles y militares de la administración involucrados en graves violaciones a los derechos humanos y libertades fundamentales, cometidas desde el golpe de Estado. Quienes sean responsables materiales o intelectuales de las citadas transgresiones deberán desligarse de sus responsabilidades públicas. La inhabilitación de sus cargos podrá ser vitalicia o temporal dependiendo del nivel de la gravedad de los hechos en que se viesen involucrados.
10. Readmitir en el sistema de administración de justicia a las y los operadores de dicho sistema separados por su oposición al golpe de Estado. Aquellas (os) funcionarios del sistema investidos de la potestad de administrar justicia; fiscales, defensores públicos, etc. que hayan sido desafectados por su oposición a la ruptura del orden constitucional, deberán de ser restablecidos en sus funciones. Rectificarles o limpiarles su hoja de servicio público.
11. Impulsar una revisión de la doctrina en que son formados los miembros de la institución castrense. El Estado debe revisar a profundidad la doctrina militar en que son formados los integrantes de las Fuerzas Armadas, al margen de su nivel jerárquico. Enfatizar el cumplimiento de la misión que la Constitución les confiere y, asimismo, en que su accionar se hará con pleno respeto a los derechos humanos, libertades esenciales, así mismo en la práctica se garantice el respeto a los principios de no deliberación, disciplina, independencia de partidos políticos y otros.
12. Readecuar el aparato de inteligencia del Estado a una visión humanista. Es primordial despojarlo de toda orientación atentatoria a los derechos y libertades básicas de las personas opositoras. La labor que realizan los dispositivos de inteligencia al servicio del Estado, deberán enmarcarse en estrictos patrones de legalidad, respeto y protección a los derechos.
13. Impulsar una revisión de la doctrina en que son formados los miembros de la institución policial. El Estado debe aprobar una nueva currícula de formación, al margen del nivel jerárquico y sin tutela extranjera, con la finalidad de adecuar su conducta al cumplimiento de la misión que la Constitución le confiere y, además, de que su accionar se realice con irrestricta sujeción a los derechos, libertades y a los principios de independencia de partidos políticos y otros. Como parte del examen de la conducta policial se deberá analizar otros ejes temáticos vinculados al funcionamiento de las agencias privadas de seguridad; la militarización de la doctrina de seguridad pública, el control de armas en manos de civiles y otros, con el fin de que se suspendan las prácticas violatorias a los derechos.
14. Poner fin a los acuerdos militares y de seguridad con el gobierno de los Estados Unidos de América. El Estado debe cerrar las bases militares existentes y proyectadas. Poner fin a los operativos conjuntos y programas de entrenamiento y equipamiento y cualquier otra injerencia de fuerzas militares y de seguridad extranjeras.
15. Prevalencia de las normas internacionales de derechos humanos, lo que implica:
• Que se suscriban y se ratifiquen normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y que se cumplan. Es indispensable que el Estado muestre una verdadera voluntad de cumplimiento con respecto a las obligaciones jurídicas de carácter internacional en materia de derechos humanos y libertades esenciales. Particularmente, en lo que hace referencia a las recomendaciones derivadas de visitas in loco o a aquellas contenidas en informes especiales de organismos internacionales. Adicionalmente, el Estado ha de adecuar su normativa a los estándares internacionalmente reconocidos.
• Preservación y facilitación de información de denunciantes ante la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El Estado deberá de garantizar la debida preservación y facilitación de información que permita el acceso de las víctimas a los mecanismos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos.
• Reserva y facilitación de información de denunciantes ante la Corte Penal Internacional. El Estado debe preservar y facilitar informacion que permita el acceso de las victimas a la Corte Penal Internacional (CPI) creada por el Tratado de Roma, en razón que algunas de las prácticas cometidas por el régimen de facto como ejecuciones sumarias o extrajudiciales, tortura y demás que califican entre los tipos penales que son del conocimiento de este instrumento de la justicia universal. El Estado debe preservar y facilitar información que permita el acceso de las víctimas a esa instancia.
• Que se estructure un mecanismo mixto entre representantes de organizaciones sociales e instituciones gubernamentales, encargado de dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones. Con el objeto de que se de el debido monitoreo con relación a la observancia de las recomendaciones comprendidas en este Informe, y a otras contenidas en informes de diferentes organismos internacionales de derechos humanos como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU. Se deberá de proceder a organizar, a la brevedad posible, un mecanismo mixto de verificación en el terreno que incluya la participación de un representante de la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACDH), Relatoría Especial sobre Promoción de la Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No repetición (Consejo de Derechos Humanos) o un Representante personal designado por el Secretario General de dicha organización. El mecanismo mixto propuesto para el seguimiento al acatamiento de las recomendaciones, estructurará un sistema de indicadores de cumplimiento con criterios cualitativos y cuantitativos (Por ejemplo: número de víctimas reparadas, número de procesos judiciales o/y administrativos incoados en contra de violadores de derechos humanos etc.). Adicionalmente, proveerá de asesoramiento técnico encaminado a la implementación de las mismas.
16. Impulsar un proceso de construcción democrática. Reconocer las diversas concepciones y expresiones de democracia desde los movimientos sociales y diversas organizaciones y sectores de la sociedad hondureña históricamente excluidos o sub representados en el Estado. Sus demandas están amparadas en la propia Constitución de la República y en tratados internacionales firmados por el Estado de Honduras, tal es el caso del Convenio 169 de la OIT. Lejos de criminalizar las protestas y demandas de estos sectores, el Estado hondureño está obligado a escucharlos y a desarrollar de manera conjunta indicadores de cumplimiento que permita monitorear los avances en materia de democratización del país. Es precisamente con estas miradas plurales y diversas que se puede enriquecer y vigorizar la democracia representativa, reducida a procedimientos y reglas del juego supeditadas a la lógica de la economía de mercado que no solo han empobrecido la democracia, sino también la práctica política.
17. Establecer políticas que favorezcan la redistribución de la riqueza nacional. Según estimaciones estadísticas realizadas por distintas entidades entre ellas organismos especializados de las Naciones Unidas como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Comisión Económica para América Latina (CEPAL). Honduras es uno de los países del continente americano con mayores asimetrías en la distribución de la riqueza.Las políticas sociales de compensación aún en el mejor de los escenarios no son suficientes para reducir estas enormes desigualdades, se requiere más bien de una estrecha vinculación entre políticas económicas y sociales que modifiquen la estructura productiva, de distribución de los ingresos y de la riqueza nacional. En este contexto es urgente revisar y tomar medidas efectivas que lleven a la soberanía financiera del Estado, incluyendo la auditoria y control público del endeudamiento y la adopción de una política fiscal progresiva. También es urgente modificar el patrón de tenencia de la tierra, ámbito de persistente desigualdad agravado por la sustitución de la Ley de reforma agraria por la Ley de modernización agrícola emitida a principios de los 90. Dicha ley tiene consecuencias directas sobre la concentración de la tierra y la profundización del conflicto agrario en el país, agudizado de manera dramática en la etapa posterior al golpe de Estado.
18. Implementar un modelo político participativo y de redistribución económica. Es necesario el desarrollo de políticas públicas y de procesos participativos orientados a la estructuración de un orden social –político– económico justo y democrático, fruto de la participación de los diferentes actores sociales de Honduras. En ese sentido, es necesario iniciar la recuperación del Estado hondureño actualmente capturado por intereses privados firmemente representados en sus instituciones. El rescate de la institucionalidad del Estado, pasa por lograr y mostrar independencia, eficiencia y transparencia en la gestión pública, punto de partida para revertir la desconfianza que las y los ciudadanos venían manifestando y que se profundizó con el golpe de Estado.
Finalmente la Comisión de Verdad hace un llamado especial a la sociedad hondureña y demás pueblos, gobiernos, organismos de la región y del mundo, a fortalecer las acciones dirigidas a garantizar la soberanía y autodeterminación del pueblo hondureño así como el irrestricto respeto a todos sus derechos y libertades.