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Ley de secretos oficiales lesiona intereses del pueblo

por German H. Reyes H.
16 de enero de 2014

Con la dispensa de dos debates el Congreso Nacional aprobó la Ley de Secretos Oficiales y Desclasificación de la Información Pública, instrumento jurídico que para diversos sectores de la sociedad representa un retroceso democrático y de la institucionalidad del país.

 

DESCARGUE

  • Ley de Secretos Oficiales y Desclasificación de la Información Pública

  • Oposición del IAIP a la aprobación de ley de secretos oficiales

La legislación aprobada a matacaballo según algunos actores, otorga la facultad para que el titular de cada institución del Estado pueda declarar como reservada, confidencial, secreta y ultra secreta la información que se desprenda de sus quehaceres. La clasificación incluye documentación y materiales que no podrán publicarse hasta después del periodo determinado en la línea de tiempo establecida.

 

Cuando la información ha sido clasificada como reservada solo podrá revelarse después de cinco años, 10 años cuando su clasificación es confidencial, 15 al declararse secreta y 25 años si es considerada ultra secreta, periodos que pueden ser ampliados si persiste el interés en mantener la clasificación.

 

La ley señala que  la información y documentos de inteligencia militar son de carácter de reservado, confidencial, secreto o ultra secreto, por ser inherentes a la defensa y a la seguridad nacional. Los procesos de investigación y persecución de los delitos y la impartición de justicia podrán ser clasificados si los titulares de las instituciones lo consideran pertinente.

 

La información será clasificada a través de resoluciones especiales del  presidente de la República y del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, de los secretarios de Estado y de los titulares de los entes descentralizados.

 

“Podrán ser declaradas Materias Clasificadas los asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad, defensa nacional y el logro de los objetivos nacionales”, señala el artículo 3 del nuevo instrumento jurídico, que además obliga a los empleados de cualquier institución a guardar reserva y a mantener el carácter de las materias clasificadas, aun después de la finalización de sus funciones.

 

Para las autoridades del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) es preocupante que próximo a instalarse el nuevo gobierno, el Congreso Nacional con su aplanadora legislativa haya aprobado una ley que limita el derecho del pueblo a estar informado.

 

“Desafortunadamente, no importa que tan consciente de sus derechos se encuentre un ciudadano, si el mismo Estado, quien está obligado por las Convenciones Internacionales Anticorrupción, a rendir cuentas, busca la manera de evadir sus responsabilidades y se olvida que sin una verdadera cultura de transparencia y acceso a la información, el desarrollo y el progreso de un pueblo dejan de ser un objetivo alcanzable y se convierten en una mera ilusión”, reza un comunicado enviado por IAIP a los disputados.

 

Para esta institución reguladora de la transparencia del Estado, el derecho a la información pública es inalienable porque Honduras es signataria del Pacto Internacional de  Derechos Civiles y Políticos y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

La situación también ha puesto en alerta al menos 15 organizaciones de la sociedad civil agrupadas en la Alianza por la Paz y la Justicia (APJ), quienes darán a conocer su posición en una conferencia de prensa que realizarán este jueves.

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German H. Reyes H.

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