{"id":74,"date":"2012-08-01T17:27:24","date_gmt":"2012-08-01T17:27:24","guid":{"rendered":"http:\/\/revistazo.com\/content\/?p=74"},"modified":"2012-08-01T17:27:24","modified_gmt":"2012-08-01T17:27:24","slug":"emprenderan-acciones-por-el-respeto-a-los-derechos-laborales-de-vigilantes-y-aseadoras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistazo.com\/content\/emprenderan-acciones-por-el-respeto-a-los-derechos-laborales-de-vigilantes-y-aseadoras\/","title":{"rendered":"Emprender\u00e1n acciones por el respeto a los derechos laborales de vigilantes y aseadoras"},"content":{"rendered":"<p>Para dinamizar&nbsp; el convenio que permitir\u00e1 unificar&nbsp; recursos y esfuerzos encaminados al dise\u00f1o y aprobaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, que ayuden a mejorar las condiciones laborales de los y las empleadas de la&nbsp; limpieza y vigilancia, representantes de la Asociaci\u00f3n para una Sociedad m\u00e1s Justa (ASJ) y de la&nbsp; Secretar\u00eda de Justicia y Derechos Humanos (SJDH) iniciar\u00e1n en la presente semana, una serie de jornadas de trabajo.<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>El pasado quince de mayo, La ASJ y SJDH firmaron el Convenio de Cooperaci\u00f3n Interinstitucional&nbsp; para la Promoci\u00f3n y Protecci\u00f3n de los Derechos Humanos&nbsp; de las y los&nbsp; Trabajadores del Aseo y Vigilancia. El documento compromete a&nbsp; la Secretar\u00eda de Estado a realizar&nbsp; investigaciones&nbsp;&nbsp; que le permitan conocer la situaci\u00f3n real de los empleados de las empresas de aseo y de seguridad.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la coordinadora del Proyecto Laboral de la ASJ, Gilda Espinal,&nbsp; el convenio busca incorporar&nbsp; el derecho laboral de las aseadoras y guardias de seguridad, en las pol\u00edticas publicas del Estado. Indic\u00f3 que como producto de la falta de organizaci\u00f3n sindical, estos sectores no fueron mencionados en las reuniones que la Secretar\u00eda mantuvo con representantes de las centrales obreras.<\/p>\n<p>Expres\u00f3 que parte del trabajo consistir\u00e1 en sistematizar la informaci\u00f3n de las empresas de seguridad que en la actualidad mantienen contratos con las instituciones del Estado, trabajo que deber\u00e1 estar finalizado en octubre, con prop\u00f3sitos de aprobaci\u00f3n en los poderes ejecutivo y legislativo, antes que finalice el presente a\u00f1o.<\/p>\n<p>Cabe mencionar que con la complicidad de los funcionarios del gobierno, muchas de las empresas de seguridad y de limpieza que mantienen contratos millonarios&nbsp; con instituciones del Estado, irrespetan los derechos de sus trabajadores. A pesar de las innumerables denuncias hechas ante la Secretar\u00eda del Trabajo y en los medios de comunicaci\u00f3n,&nbsp; estas compa\u00f1\u00edas volvieron a ser contratadas.<\/p>\n<p>Irrespeto a la jornada laboral<\/p>\n<p>\u201cLa jornada ordinaria de trabajo diurno no podr\u00e1 exceder de ocho horas diarias y cuarenta y cuatro a la semana, la jornada ordinaria de trabajo nocturno no podr\u00e1 exceder de seis horas diarias y treinta y seis a la semana\u201d, establece el Art\u00edculo 322 del C\u00f3digo del Trabajo. Sin embargo, las compa\u00f1\u00edas de seguridad, que operan en Honduras, en absoluta violaci\u00f3n a este precepto, normalizaron jornadas laborales de 24 horas continuas.<\/p>\n<p>A pesar que la Secretar\u00eda del Trabajo tiene conocimiento de esta situaci\u00f3n, hasta hoy no se conoce que haya desarrollado actividades para mejorar las condiciones laborales de los empleados de las empresas de seguridad, cuyos propietarios en su mayor\u00eda, son ex oficiales del ej\u00e9rcito&nbsp; y de la polic\u00eda.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el art\u00edculo 329 de la Ley Laboral,&nbsp; la jornada de la noche, solo por el hecho de ser nocturna, se debe remunerar con un recargo del veinticinco por ciento sobre el valor del trabajo diurno, con&nbsp; el 50% de recargo sobre el salario de la jornada diurna cuando se efect\u00fae en el per\u00edodo nocturno y con un 75% de recargo sobre el salario de la jornada nocturna cuando la jornada extraordinaria sea prolongada.<\/p>\n<p>En base a este precepto, los guardias de seguridad que entran a laborar a las seis de la ma\u00f1ana del lunes y salen a las seis de la ma\u00f1ana del martes, tendr\u00edan derecho a que se les reconozca tiempo extraordinario de 16 horas extras por cada turno que hacen.<\/p>\n<p>De acuerdo a la Ley su jornada ordinaria termina a las dos de la tarde y a partir de ah\u00ed comienza a correr su tiempo extraordinario que hasta las 8 de la noche, (seis horas), tendr\u00edan un recargo del 25 % de su salario, hasta las 12 de la noche (4 horas)&nbsp; con un recargo del 50 % y a partir de ah\u00ed hasta las seis de la ma\u00f1ana, tendr\u00eda seis horas con un recargo del 75%. \u00bfCu\u00e1nto ser\u00eda el salario de ese vigilante?, veamos:<\/p>\n<p>Si el salario ordinario mensual para un vigilante es de 6,759 lempiras,&nbsp; diariamente gana 225.30 y a la hora 28. 16. Si el empleado trabaj\u00f3 6 horas con un recargo del 25%, solo en este tiempo extra deveng\u00f3&nbsp; 211.02 lempiras.&nbsp;<\/p>\n<p>De acuerdo a lo anterior, tambi\u00e9n&nbsp; trabaj\u00f3&nbsp; 4 horas al&nbsp; 50% que equivalen a 168.96 y&nbsp; seis horas al 75% semejante a 295.68.&nbsp;&nbsp; Al sumar el tiempo extraordinario, nos damos cuenta&nbsp; que este guardia de seguridad acumul\u00f3 un valor de 675 lempiras con 66 centavos, que sumados a los 225.30 de salario normal, alcanza los 900 lempiras por cada jornada de 24 horas. No obstante, la falta de tutela por parte del Estado, ocasiona que el trabajador no reciba el pago de horas extras y tenga que conformarse con \u00fanicamente con los 225.30 lempiras de salario ordinario diario.<\/p>\n<p>De esta manera las empresas de seguridad est\u00e1n dejando de pagar a cada uno de sus empleados, 695 lempiras por cada turno de veinticuatro horas. En promedio cada vigilante trabaja tres turnos por semana y doce al mes.<\/p>\n<p>A la falta de pago de horas extras tambi\u00e9n hay aunarle que bajo este sistema, los trabajadores pierden el derecho al d\u00eda de descanso que les otorga la Ley, en su mayor\u00eda tampoco gozan del derecho de vacaciones, bono escolar educativo y el d\u00e9cimo tercer y d\u00e9cimo cuarto mes de salario.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para dinamizar&nbsp; el convenio que permitir\u00e1 unificar&nbsp; recursos y esfuerzos encaminados al dise\u00f1o y aprobaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, que ayuden a mejorar las condiciones laborales de los y las empleadas de la&nbsp; limpieza y vigilancia, representantes de la Asociaci\u00f3n para una Sociedad m\u00e1s Justa (ASJ) y de la&nbsp; Secretar\u00eda de Justicia y Derechos Humanos (SJDH) [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_links_to":"","_links_to_target":""},"categories":[32],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74"}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=74"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/74\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=74"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=74"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistazo.com\/content\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=74"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}