En otros países, los órganos contralores de compras juegan un papel clave en el combate de la corrupción, pero en Honduras, el escaso presupuesto, la incertidumbre de tres gobiernos y la alta rotación de personal, muestran que los políticos hasta hoy no han tenido interés en darle dientes a la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE).
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Un estudio de línea base que para medir el desempeño de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), realizó la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), señala que en sus diez años de vida a esta entidad la han regido tres secretarios de estado y cinco directores que no se interesaron en dotarla de las herramientas técnicas y jurídicas que necesita para asegurar que el Estado compre de manera transparente los bienes y servicios que requiere.
En promedio, la ASJ califica que la ONCAE solo tiene el 36% de la capacidad que necesita en su gestión. “Los retos son grandes en el cumplimiento de la ley, lo que se agrava por la carencia de sistemas de información y herramientas de gestión”, indica la investigación realizada con la cooperación de las autoridades, en el marco del Convenio de Transparencia firmado por el Gobierno, Transparencia Internacional (TI) y ASJ (el representante en Honduras de TI.
El estudio abarca cinco aspectos que la ONCAE debe cumplir: planificación y gestión, desarrollo normativo, divulgación de la información, asistencia técnica y seguimiento y evaluación.
Políticos no le han asignado suficiente personal, presupuesto, ni fuerza legal a la ONCAE
Con apenas 13 millones de lempiras anuales la ONCAE, adscrita a la Secretaría de Coordinación General del Gobierno (SCGG) solo tiene capacidad para emplear a 35 personas que deben atender las necesidades de contratación de bienes y servicios de más de 400 unidades de adquisición.
En la última década por la ONCAE han pasado como “papa caliente” tres secretarios de Estado y cinco directores que solo heredaron los resultados nocivos que se pueden ver en las calificaciones de entre 15% y 60% que el informe de la ASJ le da a esta institución.
Por ejemplo: en asistencia técnica y acompañamiento la ONCAE solo llega a una calificación del 15% debido a que en la actualidad no se lleva a cabo la sistematización de documentos y experiencias y además se utilizan como fuentes en la normativa de contratación los dictámenes y opiniones legales.
En términos de planificación y gestión interna alcanza una nota del 23% es la segunda puntuación más baja que incide en los resultados que obtiene como institución, sobre todo en su capacidad de responder a las exigencias organizacionales con el sistema de contratación. La ONCAE carece de un planteamiento de largo plazo vinculado con el plan operativo por resultados y eso provoca que su alta dirección se encuentre inmersa en un círculo vicioso con el cual difícilmente puede justificar mayor presupuesto para la contratación de recurso humano.
Derivado de las profundas deficiencias en el cumplimiento de su rol para contribuir a que el Estado no solamente compre, sino que compre bien, la ONCAE muestra insuficiencias en términos del seguimiento y evaluación y en este indicador la ASJ le ha dado una calificación del 27%. Esto en base a que no cuenta con los sistemas de información, protocolos, manuales y guías de procesos.
De acuerdo a la investigación esta entidad solo llega al 56% de la capacidad que debería tener para divulgar la información que maneja, porque en las condiciones actuales se muestra difícil publicar procesos de contratación de que van desde la convocatoria a cotizar, hasta el cierre del contrato con su último desembolso. La nota más alta que la ONCAE obtuvo es de 60% en el área de desarrollo normativo.
A la ONCAE deben darle colmillo y eliminar compras secretas y paralelas
Según el informe de ASJ, un reto fundamental es que en la actualidad la ONCAE por Ley solo supervisa una fracción de las compras hechas por el Gobierno. Teóricamente es una institución creada por la Ley de Contratación del Estado, como órgano técnico consultivo y con facultades de verificar el cumplimiento de las compras del Estado, pero éste y los gobiernos anteriores promulgaron procesos de compra alternativos y hasta secretos, fuera del alcance de la ONCAE.
Los fideicomisos que el Estado les adjudica a los bancos privados, la tasa de seguridad, las donaciones que el gobierno recibe sin registrarlas en el presupuesto general, las partidas confidenciales y las alianzas público-privadas suscritas, son procesos que se mantienen fuera de las competencias de supervisión de la ONCAE, porque el gobierno promulgó leyes especiales y achicó la cobertura de la Ley de Contratación del Estado, que es la base de las operaciones de la ONCAE.
Además, la ONCAE se ve afectada porque la Ley de Contratación del Estado no tiene cobertura en los modelos de gestión descentralizados, porque los convenios que suscribe el gobierno con las alcaldías y fundaciones así lo establecen, poniendo en riesgo de corrupción el manejo de los recursos públicos.
Actualmente la contratación pública es una de las materias más discutidas y controversiales del sector público hondureño y desde inicios del presente milenio la ciudadanía viene realizando auditorías sociales, monitoreando las compras y denunciando irregularidades, pero hasta hoy las autoridades se han negado a fortalecer la ONCAE como ente regulador.
Y la ASJ plantea que esta institución sea fortalecida, no solo por exigencias organizacionales internas, sino para responder a las necesidades normativas, técnicas e informativas del sistema de contratación, situación que pasa por una mayor independencia funcional y administrativa que le asegure autonomía, capacidad técnica y sostenibilidad de sus acciones.
Como estrategia a desarrollar en los próximos años la ASJ recomienda formular la Ley de Compras Eficientes y Transparentes por Medios Electrónicos y la construcción de un nuevo portal de compras que les permitan procesos más transparentes. Para la coordinadora del convenio suscrito entre ASJ /TI y el gobierno, Keila García, la ONCAE necesita líderes comprometidos y capaces en la gestión, planificación, controles y evaluación que se traduzcan en resultados de eficiencia y transparencia en el sistema de contratación.
Ella considera importante separar la idea los fideicomisos públicos de los privados para que no sean interpretados bajo la óptica del Código de Comercio y que la ciudadanía y el propio Estado puedan fiscalizarlos. En ese sentido insta la promulgación de la Ley de Fideicomisos Públicos, hacer las reformas pertinentes de la Ley de Contratación del Estado y darle las herramientas que requiere la ONCAE como ente rector.
Entes reguladores en otros países
Chile: ChileCompra es la institución que administra el sistema de compras públicas de Chile, y funciona con un marco regulatorio único, basado en la transparencia, la eficiencia, la universalidad, la accesibilidad y la no discriminación.
Es una institución descentralizada, dependiente del Ministerio de Hacienda y sometido a la súper vigilancia del Presidente de la República. Fue creado con la Ley de Compras Públicas y comenzó a operar formalmente en agosto de 2003.
Como parte del fortalecimiento del sistema de compras, en Chile se ha instalado un observatorio de ChileCompra y según este organismo, en el año 2014 se realizaron 2.2 millones de transacciones valoradas en 10.2 millones de dólares en adquisiciones de bienes y servicios para el Estado y dentro de este mercado participan 850 organismos públicos en calidad de compradores y 123 mil proveedores.
Dentro de las labores que realiza el Observatorio ChileCompra, se encuentra el monitoreo de procesos de licitación y a septiembre de 2015 monitorearon 3,948 procesos de compra. A partir de este monitoreo, el Observatorio gestiona activamente la corrección de estos hallazgos durante el proceso de compra logró una efectividad del 45%.
A a partir de febrero de 2015, el Observatorio cuenta con un canal de denuncia anónima a través del cual compradores, proveedores o ciudadanía en general pueden informar respecto de una situación que a su juicio atente contra la probidad, transparencia o integridad de uno o más procesos de contratación.
Ecuador: En el Ecuador, tienen un organismo que vigila los procesos por los cuales las personas naturales y jurídicas ofrecen sus bienes y servicios al Estado. La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) instituyó para estos fines el “Sistema Nacional de Contratación Pública”, con el objetivo de regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios al Estado.
Al inicio la LOSNCP creó el Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP y posteriormente lo sustituyó por el Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP. El actual SERCOP es una entidad pública con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa, técnica y financiera, es decir, es un organismo plenamente facultado para monitorear los procesos de contratación con independencia.
El SERCOP tiene como misión liderar y regular la gestión transparente y efectiva del servicio de contratación pública, dinamizando el desarrollo económico y social del Ecuador. Considerando que la LONSCNP tiene como objetivos principales la transparencia en los procesos de contratación pública e inclusión de productores nacionales y actores de la economía popular y solidaria, es el SERCOP la institución que procura materializar estas metas mediante sus acciones de administración y control.
Este organismo se encarga de registrar a compradores y vendedores, categorizar los productos y servicios ofrecidos, expedir los modelos de pliegos que se utilizan para la presentación y calificación de ofertas, administrar los procesos de contratación en la fase precontractual y dar publicidad a los procesos para que las personas puedan participar. Vea el portal
El Salvador: Este país centroamericano rige las compras públicas a través de la Unidad Normativa de Adquisiciones y contrataciones (UNAC), regulada por la Ley de Adquisiciones y contrataciones de la Administración Pública”, (LACAP) que entró en vigencia en el año 2000, pero reformada en el 2005 para adecuarla con las disposiciones establecidas en el Tratado de Libre Comercio (TLC).
La ley ha sido complementada con el Manual de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, aplicables al Gobierno Central y Municipalidades, el Reglamento de Ley de Adquisiciones de la Administración Pública y la Guía Administrativa para las Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública.
El sistema de Contrataciones contempla licitaciones y concursos de carácter público, pero muchos de sus procedimientos son manipulables, “algunos de ellos motivados por el desconocimiento de los actores y en muchas existen intereses que provocan la intención de alguno de los actores de burlar los procesos”, señala un informe sobre la implementación de la Convención Interamericana contra la corrupción, de mayo de 2007.
Eso indica que en El Salvador el manejo de los recursos públicos se realiza de forma similar a la de Honduras.